El 21 de febrero de2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 2/2023, de 20 defebrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobreinfracciones normativas y de lucha contra la corrupción (en adelante, la “Ley2/2023”). Esta Ley 2/2023 tiene como finalidad la protección de las personasque en un contexto laboral o profesional detecten determinadas infraccionesnormativas y lo comuniquen a través de los canales de información que deberánhabilitarse al respecto, otorgando una protección adecuada frente a cualquiertipo de represalias. En este contexto normativo, LAMAR IBERIA, S.L. ha puesto a disposición de sus grupos de interés (directivos,empleados, clientes, proveedores, etc…) un Sistema Interno de Información y haadoptado una Política que recoge los principios rectores del sistema, así comoel procedimiento de gestión de las informaciones recibidas por medio de estesistema que se instrumentaliza, como vía principal, a través del canal internode información de LAMAR IBERIA, S.L.
Los principiosgenerales sobre los que se articula el Sistema Interno de Información son losque se indican a continuación:
· Transparencia y Accesibilidad: Los canales de comunicación son claros, públicos y de fácil accesopara los Usuarios del Sistema Interno de Información que favorece la confianzade las personas y los grupos de interés en los mecanismos con los que cuenta laempresa para garantizar el cumplimiento de la legalidad y de los principios yvalores recogidos en sus Reglamentos internos de conducta, políticas de gestiónde conflictos de interés y demás normativa interna.
· Buena fe: Las comunicaciones presentadas a través del sistema deben realizarsesiempre de buena fe. Se considerarán comunicaciones de mala fe aquellas que serealicen suplantando la identidad del informante o detallando hechos que sesaben inciertos o involucran a personas que no han tenido relación con taleshechos, aun siendo estos ciertos. La presentación de una comunicación falsa ode mala fe implicará la adopción de las medidas legales o disciplinarias que,en su caso, correspondan contra la persona que la haya formulado.Adicionalmente y según legislación vigente, podría ser constitutiva de delito.
· Independencia y autonomía: El Responsable del Sistema Interno de Información de LAMAR IBERIA, S.L. desarrolla sus funciones de forma independiente y autónoma respectodel resto de los órganos de la empresa, no puede recibir instrucciones deningún tipo en su ejercicio y dispone de todos los medios personales ymateriales necesarios para llevarlas a cabo. Para garantizar la objetividad desus decisiones, el Responsable del Sistema Interno de Información opera bajo elprincipio de independencia funcional con respecto de aquellas áreas sobre lasque realiza la supervisión y monitorización de los riesgos.
· Confidencialidad (Anonimidad yno rastreabilidad): Las comunicaciones enviadas alSistema Interno de Información pueden ser tanto nominativas, es decir, conidentificación del informante, como anónimas. La empresa mantiene un firmecompromiso con el respeto a la anonimidad cuando esta sea la opción elegida porel informante. Queda prohibido el rastreo y trazabilidad de las comunicacionesanónimas. La vulneración de este extremo supondrá la adopción de las medidasdisciplinarias correspondientes.
· Protección contra represalias: quedaestrictamente prohibido adoptar represalias contra cualquier persona que, debuena fe, comunique incumplimientos a través del Canal de DenunciaConfidencial, así como contra aquellos que puedan colaborar en la investigacióno ayuden a resolverla. A estos efectos se entenderá que el informante actúa debuena fe cuando tenga motivos razonables para pensar que la informaciónreferida es veraz en el momento de la comunicación o revelación, aun cuando noaporte pruebas concluyentes, y la comunicación o revelación se haya realizadoconforme a los requerimientos previstos en esta ley. Y se considerarán comorepresalia cualesquiera actos u omisiones que estén prohibidos por la ley, oque, de forma directa o indirecta, supongan un trato desfavorable que sitúe alas personas que las sufren en desventaja particular con respecto a otra en elcontexto laboral o profesional, solo por su condición de informantes, o porhaber realizado una revelación pública.
· Derechos de las personasafectadas: Se garantiza la presunción de inocencia yal honor de las personas afectadas, así como el derecho a ser escuchadas. Laspersonas que puedan verse afectadas por una investigación interna tienen elderecho a tener conocimiento de la comunicación formulada en su contra tanpronto como se hayan realizado las comprobaciones oportunas, se haya admitido atrámite el expediente y se considere adecuado para garantizar el buen fin de lainvestigación. Sin perjuicio de las vías de acceso detalladas, en cualquier momentotodo interesado puede dirigirse a la Autoridad independiente de protección delinformante u organismo autonómico competente.
· Integración de Canales: El Sistema Interno de Información integra los distintos canalesinternos de información de la empresa, lo que permite garantizar elcumplimiento de los estándares y garantías de gestión en todos ellos, así comola presentación de comunicaciones a través de los distintos medios disponiblesindicados en el siguiente apartado de ‘PRESENTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES’.
Encualquier caso, y a solicitud del interesado, las comunicaciones también puedenpresentarse mediante reunión presencial.
Este Canal de Denuncias es el cauce preferente para informar, comunicar y tramitaracciones u omisiones que:
· Puedan constituir infracciones delDerecho de la Unión Europea, con las consideraciones establecidas en la Ley2/2023.
· Puedan ser constitutivas deinfracción penal o administrativa grave o muy grave.
· Puedan ser infracciones delderecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo y procedimientosinternos de LAMAR IBERIA, S.L..
El Canal de Denuncias no es el medio adecuado para que clientes puedan presentarsus quejas o reclamaciones por los servicios o productos ofrecidos por LAMAR IBERIA, S.L., para ello deberán acudir al Servicio de Atención al Cliente, segúncorresponda.
Igualmente,no debe usarse para ejercer los derechos de los interesados en materia deprotección de datos personales. El ejercicio de los derechos de acceso,rectificación, cancelación, oposición, supresión, portabilidad y limitación deltratamiento de datos de carácter personal se deberá remitir a «EMAILPROTECCIÓNDATOS».
El Canal de Denuncias habilitado por LAMAR IBERIA, S.L. incluye los siguientes medios para la presentación de una comunicaciónacerca de una conducta o hecho denunciable:
- El envío de correo electrónico a la direcciónde email: canaldenuncias@ld.ae
- Envío postal a: LAMAR IBERIA, S.L., Atención a: 'Responsable CanalDenuncias Internas'. Calle Almirante 25 - 3º Izq., 28004, Madrid. Se debeindicar en el exterior del sobre de envío “CONFIDENCIAL”.
- A través de entrevistas personales con el Responsable Unipersonal del Sistema Interno de Información – Canal de Denuncias de LAMAR IBERIA, S.L. y/o denuncias que han sido realizadas ante otros departamentos/áreas de LAMAR IBERIA, S.L.